Contrato de arras: el modelo de compraventa de farmacias
¿Estás pensando en comprar una farmacia? O, por el contrario, ¿te gustaría vendertu farmacia? Sea cual sea tu caso, es muy importante que la venta se suscriba en un documento privado o precontrato. En este artículo vamos a ver en qué consiste el modelo de contrato de compraventa de farmacia.
Contrato de compraventa de farmacia: contrato de arras
Te has decidido, por ejemplo, a comprar una oficinade farmacia y todo encaja: el precio, las condiciones con el titular propietario, la localización, entre otras características. Pues el siguiente paso y lo más aconsejable es que todas esas condiciones, acuerdos e información relativa a la compraventa de la farmacia, queden reflejadas en un contrato.
Tenemos que valorar qué tipo de contrato vamos a establecer, si un contrato privado de compraventa o un contrato de arras. Lo que les diferencia a estos dos contratos es que en el contrato de arras se prevé la Resolución, es decir, el comprador puede renunciar a comprar o el vendedor a vender habiendo pactado de antemano una penalización. En un contrato de compraventa privado, no se contempla su Resolución a menos que sea por incumplimiento de las partes.
Contrato de arras de farmacia
Hay tres tipos de contrato de arras:
Las arras penales que es lo que se entrega como arras y no se imputa al precio, funciona como resarcimiento para el caso de incumplimiento pudiendo las partes reclamar daños y perjuicios.
Las arras penitenciales que es la cantidad entregada a cuenta en el marco de un contrato que permite a las partes resolverlo legalmente y no pudiendo que la parte perjudicada reclame judicialmente el cumplimiento forzoso o los daños y perjuicios.
Las arras confirmatorias son aquellos pagos a cuenta del precio que no permiten resolver el contrato celebrado.
Para señalizar la operación, se deposita una cantidad en concepto de arras.
¿Y qué cantidad se deposita en concepto de arras en la compraventa de una farmacia?
Pues con respecto a la cantidad que el comprador debe depositar en concepto de arras, no existe una cantidad fijada por ley, sin embargo, lo normal es que se entregue una cantidad que equivale a un 10% del precio de la oficina de farmacia.
Es muy importante que quede reflejado en el contrato el tipo de arras que se establece para evitar posible problemas y malentendidos posteriores.
Plazo que fijar en el contrato
Debemos calcular bien el plazo de tiempo y fijarlo en el contrato para que la escritura pública de compraventa quede formalizada. Todo esto conseguirá que se pueda culminar la compraventa, que frente a posibles contratiempos se tenga el suficiente tiempo como para negociar prórrogas, entre otros motivos.
A la hora de fijar dicho plazo, se debe tener en cuenta que la transmisión de una oficina de farmacia es un hecho administrativo reglado y que, por lo tanto, es necesaria la obtención previa de permisos de venta por parte de la Consejería de Sanidad de la comunidad autónoma (donde esté ubicada la farmacia) y también debido a que los compradores necesitan conseguir su financiación. Así que, se debe tener en cuenta que estos trámites conllevan su tiempo, así como la tasación de la farmacia y la oportuna aprobación o desaprobación de la entidad bancaria o entidad prestamista.
Puede que tal vez te interese conocer los aspectosmás importantes a tener en cuenta en el traspaso de farmacias.